RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS POR MAL FUNCIONAMIENTO

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS POR MAL FUNCIONAMIENTO

García Mariscal Abogados, han defendido con éxito numerosísimos casos de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas. Sabemos lo que hacemos, tenemos una extraordinaria formación a disposición de nuestros clientes para la defensa de sus derechos. Las Administraciones Públicas están obligadas a la prestación de servicios de calidad a los ciudadanos. Responden por el mal funcionamiento de los servicios que prestan. Los ciudadanos deben exigir la prestación de servicios correcta.

La reclamación de indemnizaciones por mal funcionamiento de la administración y su responsabilidad patrimonial.

RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS

RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS

AVERÍA EN LA RED DE AGUA PÚBLICA QUE PROVOCA DAÑOS EN SU VIVIENDA

Plazo de un año para reclamar los daños.

Los defectos en la red de saneamiento publica, y los daños patrimoniales que producen, generan responsabilidad por parte de la Administración, como consecuencia del mal funcionamiento de un servicio público.

  • Hay que realizar una reclamación  dentro  del plazo de un año desde que el hecho ocurrió, y que da pie a responsabilidad.
  • Se deberá acreditar  la relación causa-efecto para reclamar por mal funcionamiento  de la prestación de servicios de la administración publica y los daños que ha generado al particular.

Los daños por una avería en la red de abastecimiento de agua sanitaria, requieren para su acreditación debida :

  1. Reclamación  por escrito, de la avería a la empresa suministradora.
  2. Informe  de experto perito, que tase la reparación de los daños en su vivienda, y acredite su nexo con la avería en la red de saneamiento.
  3. Denuncia en la Policía, Guardia Civil  
  4. Escrito Formal de reclamación  de los daños sufridos ante la Administración